El Ministerio de Salud y Protección Social, adoptó medidas prioritarias orientadas a garantizar el goce del derecho a la salud y la atención integral de los habitantes de la Guajira, con especial énfasis en el pueblo Wayúu.
La decisión, cuyo alcance es de obligatorio cumplimiento, cobija las Entidades Promotoras de Salud Indígena -EPSI-, los Prestadores de servicios de salud, los proveedores de tecnologías en salud, las entidades territoriales de los órdenes municipal, distrital y departamental, al igual que la Superintendencia Nacional de Salud.
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La medida, suscrita a través de la Resolución 2811 del 30 de diciembre, llama a las EPS y a las EPSI a llevar a cabo la caracterización de la totalidad de la población afiliada residente en el territorio y perteneciente al pueblo Wayúu en el interés de que sea garantizado el acceso a la provisión y prestación de servicios y tecnologías de salud.
Lo anterior supondrá que las EPS y las EPSI tendrán en el ejercicio de caracterización el insumo para la planeación de la gestión de las atenciones en salud que realizarán los prestadores de servicios de salud y proveedores de tecnología de salud que atiendan al pueblo Wayúu.
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Además, la iniciativa de la cartera de salud señala que no será necesario autorizar de manera previa atenciones de madres gestantes y complicaciones durante el embarazo, la atención integral de la desnutrición aguda, moderada y severa en niñas y niños menores de 5 años, así como las urgencias y los servicios y tecnologías en salud posteriores a la atención en urgencias sin egreso hospitalario, entre otros aspectos.
Las actividades de Inspección, Vigilancia y Control de la medida adoptada por el Ministerio de Salud y Protección Social, estarán a cargo de la Superintendencia Nacional de Salud.
Fuente
Ministerio de Salud y Protección Social