La entidad entrega lineamientos y recomendaciones para la prestación de servicios como cirugías no urgentes, odontología y consulta externa.
- La gestión de la pandemia por parte de la administración distrital y el compromiso de la ciudadanía, permitieron la disminución en la ocupación de las camas de cuidados intensivos destinadas para la atención de COVID-19. Esto permite la reapertura de servicios médicos y odontológicos que se encontraban suspendidos.
Ante la disminución en el porcentaje de ocupación de las Unidades de Cuidados Intensivos para la atención de COVID-19 en Bogotá que hoy es del 72.4 %, la Secretaría Distrital de Salud autorizó la reapertura de los servicios de cirugías no urgentes, odontología y consulta externa con varias recomendaciones para que su prestación sea segura tanto para los pacientes, como para el personal de la salud.
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Frente al servicio de consulta externa, es importante garantizar la continuidad de los tratamientos médicos para evitar que los usuarios presenten complicaciones en su estado de salud. Las entidades deben contactar a las personas que tienen citas médicas programadas entre los meses de septiembre y octubre para confirmarasistencia y verificar que el paciente no tenga sintomatología de infección respiratoriaaguda.
Las citas médicas deben ser priorizadas de acuerdo a las historias clínicas de las personas y si se encuentran dentro de la población de riesgo. Sin embargo, no se deben realizar procedimientos de terapia respiratoria dentro de los consultorios, ni talleres grupales especialmente con personas con condiciones crónicas, adultos mayores y mujeres gestantes. Se debe priorizar la teleconsulta.
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En los servicios de cirugías programadas, aunque ha bajado la ocupación de UCI, la Secretaría recomienda limitar al máximo los procedimientos de alta complejidad que no sean urgentes. El personal médico deberá verificar la urgencia del procedimiento médico acorde a la historia clínica del paciente y los criterios para realizar o posponer la cirugía.
La Secretaría de Salud explica que se pueden realizar cirugías con fines estéticos y/o reconstructivos. Sin embargo, no considera pertinente que se realicen lipoesculturas.
Fuete bibliográfica
Secretaría de Salud de Bogotá