La Secretaría Distrital de Salud, durante el 2017, en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control realizó 1.714 visitas a prestadores de servicios de salud que motivaron la suspensión a 219 de ellos.
Dentro de los hallazgos encontrados, se observaron falencias en la infraestructura, en equipos, talento humano, manejo de medicamentos y dispositivos; manejo de la historia clínica, bioseguridad (medidas exigidas por la norma), entre otros.
Las visitas, realizadas en el 2017 por la Secretaría de Salud, fueron dirigidas a:
Profesionales independientes: 213
IPS: 395
Transporte especial de pacientes: 1
Prestadores con objeto social diferente: 33
Atención de quejas de la ciudadanía: 812
Previas a la apertura de una IPS: 261
Control de la oferta: 563
Levantamiento por quejas: 138
Levantamientos de medidas de seguridad por habilitación: 35
Siendo las visitas por quejas de la ciudadanía uno de los factores más vigilados por la Secretaría de Salud, se recomienda a la comunidad denunciar oportunamente las irregularidades presentadas y a consultar, con antelación, la legalidad de los prestadores, a través del Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud – REPS.
Para ingresar al REPS, se accede a través de la página www.saludcapital.gov.co, link “consulte la habilitación de su médico o IPS”. Allí los usuarios podrán ingresar como invitados y encontrarán la viabilidad de los prestadores y los servicios habilitados para ofrecer a los usuarios.
Las denuncias también pueden hacerse a través de los siguientes canales:
Sede Secretaría Distrital de Salud (carrera 32 No. 12-81) de lunes a viernes de 7:00 am a 4:30 pm.
Puntos de servicio al ciudadano de la red CADE y SuperCADE
Teléfono 3649090 ext. 9806.
En www.saludcapital.gov.co (link contáctenos, link servicio al ciudadano, parte inferior Sistema Distrital de Quejas y Soluciones).
Las medidas de seguridad impuestas por la Secretaría de Salud son de inmediata ejecución, tienen carácter preventivo y transitorio y se aplican sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar. Si producto de la investigación realizada por la SDS se determina que el prestador incurrió en un incumplimiento, se imponen las respectivas sanciones, que pueden ser de tipo pecuniario, amonestación o exoneración.
https://soundcloud.com/user-858927169/dra-anabelle-arbelaez-velez-subsecretaria-de-servicios-de-salud-y-aseguramiento-01